Investigarán al PVEM por uso indebido de datos personales

Ciudad de México, 29 de julio 2015 (Círculo Digital).- La Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ordenó a la Sala Regional Especializada reponer el procedimiento correspondiente a la presunta vulneración al principio de confidencialidad de datos personales de siete ciudadanos.

Dicha vulneración fue cometida por el Partido Verde Ecologista de México (PVEM) con motivo de la entrega y distribución de diversos artículos promocionales a los domicilios de los quejosos, sin que éstos dieran su consentimiento para el uso de sus datos .

En sesión de este día el pleno modificó la resolución emitida con anterioridad por dicha Sala Regional, al advertir que ésta no realizó una investigación exhaustiva para determinar si el PVEM utilizó o no en forma indebida el Padrón Electoral, o bien, precisar cuál fue la base de la que se obtuvo tal información.

Los magistrados electorales consideraron parcialmente fundados los agravios respecto a la falta de exhaustividad en la sentencia impugnada “porque se acreditó el uso indebido de datos personales”

La Sala Regional Especializada, añadieron los integrantes del pleno, debió percatarse que era necesaria la investigación exhaustiva para efecto de determinar si el PVEM utilizó o no en forma indebida el Padrón Electoral, o bien, precisar cuál fue la base de la que se obtuvo tal información.

El TEPJF ordenó asimismo al Instituto Nacional Electoral (INE) abrir un procedimiento ordinario sancionador para investigar si el Partido Verde utilizó o no indebidamente el Padrón Electoral, o bien, si los datos personales los obtuvo de otras fuentes,

Si los datos fueron obtenidos de otras fuentes, el INE deberá imponer las sanciones que en derecho procedan por el uso indebido de datos personales y, en su caso, del Padrón Electoral.

Por otro lado, los magistrados estimaron infundados los agravios relacionados con el incumplimiento de medidas cautelares con motivo de la distribución de boletos de cine y de un kit escolar llevados a cabo por el PVEM, en virtud de que en el expediente no existen medios de convicción suficientes para acreditar dichas violaciones.