Diputado Rafael H. Soriano pide cese de Virgilio Andrade para dar legitimidad social a leyes Anticorrupción

Palacio Legislativo San Lázaro a 14 de junio, 2016 (Noticias México).- La Comisión de Gobernación de la Cámara de Diputados se declaró en sesión permanente para dictaminar la Ley que dará autoridad a la Secretaría de la Función Pública para que controle la Administración Pública Federal.

En la apertura, el diputado del PRD, Rafael Hernández Soriano, pidió al presidente de la República, Enrique Peña Nieto, considerar la destitución del titular de la Secretaría de la Función Pública, Virgilio Andrade.

A fin de que el Sistema Nacional Anticorrupción cuando comience a andar tenga la legitimidad social y política necesarias, el presidente Peña Nieto debe deshacerse de algunos muertos que tiene en el clóset, y Andrade es uno de ello, consideró.

En el marco de la discusión que se tendrá para elaborar el dictamen que reformará la rendición de cuentas en la Administración del presidente del ejecutivo en turno, deben sacarse los muertos del ropero, porque ya apestan, uno de esos es el titular de la SFP, destacó.

A la petición se sumaron los diputados de Morena, la coordinadora de la Bancada, Rocío Nahle y Vidal Llerenas, así como la panista Lorena del Carmen Alfaro, quienes son integrantes de la Comisión de Gobernación que encabeza la diputada del PRI, Mercedes Del Carmen Guillén Vicente.

En el acto realizado en la sala de juntas de la Comisión, Guillén Vicente detalló que la discusión ha sido compleja, pues atañe a siete leyes vinculadas, “por lo que un cambio puede descomponer un lado u otro”; uno de ellos, agregó, tiene que ver con el perfil de los funcionarios que ocupen el cargo en los órganos de control.

Por su parte, la diputada Lorena del Carmen Alfaro García subrayó que la bancada del PAN planteó reformas a las funciones de la Secretaría de Función Pública (SFP) y en relación con un Código de Ética para los servidores públicos expedido por la SFP.

La diputada Rocío Nahle García puntualizó que hará llegar las sugerencias pertinentes, ya que en el dictamen a discutir se da toda la autoridad a la Secretaría de Hacienda en materia de auditorías y de etiquetación de presupuesto; sin embargo, es una tarea que debe realizar el Congreso, pues se trata de recursos públicos; además, dijo, no se establecen los perfiles de los que van a fungir como titulares en los órganos de control.

El diputado Vidal Llerenas Morales detalló que existen cuando menos tres leyes que se discuten en el Senado, y en tres más hay un pre-dictamen, esto es, en las leyes de Responsabilidades de Servidores Públicos, del Sistema Nacional de Anticorrupción y del Tribunal de Justicia Fiscal y Administrativa, en las cuales se busca definir cómo van a actuar y organizarse los órganos de control.

El documento de la ley sobre el control interno del Ejecutivo precisa que la Secretaría de la Función Pública podrá ejercer las atribuciones que la Constitución otorga a los Órganos Internos de Control, para revisar el ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales, pero también establecerá mecanismos internos para prevenir actos u omisiones que pudieran constituir responsabilidades administrativas.

Informará periódicamente al Comité Coordinador del Sistema Nacional Anticorrupción y al Ejecutivo federal sobre el resultado de la evaluación respecto de la gestión de la Administración Pública Federal en cuanto al ingreso, manejo, custodia y ejercicio de recursos públicos federales.

En el ejercicio de sus atribuciones, contará con: órganos internos de control en las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal, como en la Procuraduría General de la República (PGR) y en las empresas productivas del Estado, emitiendo criterios específicos para estas últimas, dependiendo de si realizan una función institucional o con fines comerciales.

También contará con delegados ante las dependencias y órganos desconcentrados de la Administración Pública Federal centralizada, y comisarios públicos de los órganos de vigilancia de las entidades de la Administración Pública Paraestatal y de la PGR.

Al ser la encargada de la evaluación de la gestión gubernamental podrá inspeccionar el ejercicio del gasto público federal y su congruencia con los presupuestos de egresos; expedir normas que regulen el control interno de la Administración Pública Federal; realizar por sí o a solicitud de la Secretaría de Hacienda, auditorías, revisiones y evaluaciones con el objeto de fiscalizar y promover la eficiencia y legalidad en la gestión y encargo de las diversas dependencias.

De igual modo, recibir y registrar las declaraciones patrimoniales y de intereses, así como verificar su contenido mediante las investigaciones que resulten pertinentes; atender las quejas e inconformidades que presenten los particulares con motivo de convenios o contratos que celebren con las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal y de la Procuraduría General de la República, y propiciar la homologación de políticas, normatividad y criterios en materia de contrataciones públicas a nivel nacional.

En materia sancionadora, la Secretaría de la Función Pública podrá: conocer e investigar las conductas de los servidores públicos que puedan constituir responsabilidades administrativas: aplicar sanciones; ejercer la acción de responsabilidad ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa, y presentar las denuncias correspondientes ante la Fiscalización Especializada en Combate a la Corrupción.

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