¿Derecho a ir a la escuela o derecho a aprender?

Horacio Erik Avilés Martínez

A cien días de arranque de la administración pública federal vigente en nuestro país, una preocupación genuina de amplios sectores sociales es el destino del sistema educativo nacional. Al respecto, una de las acciones realizadas que pudieran tener mayor calado es la presentación de una iniciativa de decreto ante el Congreso Federal, signada por Andrés Manuel López Obrador, Presidente de México, el pasado 12 de diciembre de 2018.

El debate, la discusión y el diálogo se han dado ampliamente en torno a las fortalezas y áreas de oportunidad del documento reformista en comento. Mexicanos Primero ha expresado su consternación por al menos cinco puntos que requieren intervención y mejora, de los cuales destaca el futuro del anclaje constitucional del derecho a aprender, el cual merece una respuesta integral de parte del estado mexicano y no una degradación.

No deja de alertar la secuencia ajedrecística desarrollada en tres jugadas, donde primeramente se propone eliminar de la Constitución a la educación inicial, correspondiente a los infantes de 0 a 3 años de edad; posteriormente se recorta el presupuesto destinado a estancias infantiles y finalmente se anuncia la entrega directa de apoyos para que se cuide a la primera infancia del país en los hogares paternos o de los abuelos, lo cual ha merecido múltiples reacciones al respecto, por desproteger a los mexicanos justamente en la edad en la que más aprende el ser humano, retirándoles el respaldo de profesionales expertos y de la respectiva oportunidad de aprendizaje colaborativo y socialización que se da en las estancias desde la más tierna infancia.

No quisiéramos pensar que en otro flanco del tablero educativo nacional pudiera sobrevenir una serie de maniobras análogas en cuanto al derecho a aprender respecta, ya que justamente el proyecto de AMLO oficializaría su desaparición de la Carta Magna y representaría el primer movimiento de posibles secuencias en pro de la prevalencia política.

Paralelamente, ha habido polémica sobre si es el derecho a acudir a la escuela, el derecho a recibir educación, el derecho a la excelencia educativa o el derecho a aprender la figura que debe prevalecer a nivel constitucional, debate en el cual se ha superado la etapa de visualizar a la escuela como una guardería o una institución bancaria, resguardante de los conocimientos y saberes a depositarse en las conciencias de los estudiantes, a la par sobre si el derecho a aprender implica recibir los dictados de los dueños invisibles, locales y supranacionales, de los planes y programas de estudio.

Por supuesto, para que el derecho a aprender sea viviente y pleno, debe de haber equilibrio entre los requerimientos y necesidades de aprendizaje que los propios planes y programas de estudio marcan respecto al despertar de las conciencias, a desarrollar el pensamiento crítico, a fortalecer la identidad, a aprender a ser, pensar y convivir, con la finalidad de conformar ciudadanos que consoliden un cambio social para nuestra nación.

En otras condiciones, de no existir corrupción, simulación y abusos en la historia reciente de nuestra nación estaríamos de lleno en un proceso de mejora continua, más que enfrascados en dilemas conceptuales que tienen como trasfondo luchas de poder, de control y por recursos.

Por ejemplo, en Michoacán ya conocemos lo que implica impulsar la cobertura universal y gratuita desde un decreto, que no vio realidad. Conocemos tener un marco normativo nacional que no tiene vigencia plena en cada comunidad de aprendizaje del territorio estatal y que los ciclos escolares tengan en promedio un veinte por ciento menos días de clases que en otras entidades federativas. Es entonces cuando se explica el por qué encontramos egresados de universidades, con título y cédula profesional, que no pueden escribir un ensayo, ni realizar operaciones aritméticas básicas, porque simplemente su derecho a aprender fue reducido a acudir a planteles-guardería y a recibir acreditaciones carentes de valor, por no corresponder con los aprendizajes esperados.  Contar con un marco normativo fuerte y que no brinde intersticios a la ilegalidad, a la corrupción o a la mala educación es impostergable.

Distraer el derecho a aprender es diluirlo; cambiarlo por un producto similar, de baja calidad o sucedáneo no parece ser una solución. Ir a la escuela no significa aprender necesariamente. Recibir educación de excelencia no necesariamente implica efectos favorables en el desarrollo educativo de las niñas, niños, adolescentes y jóvenes. Por ende, debe estar presente el derecho a aprender con toda claridad y fuerza debidamente plasmado en  la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Si así, con el anclaje constitucional presente ha costado mucho trabajo elevar la calidad educativa en la nación, sin contar con mecanismos jurídicos que obliguen a las autoridades a hacer valer los derechos humanos de los mexicanos en materia educativa será mucho más dificil.En redes sociales se ha promovido la causa mediante el hashtag #AprenderEsUnDerecho, mediante el cual pueden sumarse y contribuir a que el anclaje constitucional del derecho a aprender no se pierda, así como conocer y difundir los testimonios audiovisuales que múltiples líderes de opinión han compartido. En www.mexicanosprimero.org hay mucho más información y artículos que debemos conocer todos los mexicanos.  Los invito a que impulsemos el derecho a aprender y con ello hagamos la diferencia.

 

 

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