Obtiene Poder Judicial de Michoacán calificación preliminar de 97.76% en obligaciones de transparencia

  • Fomentar la cultura de la rendición de cuentas, una prioridad del magistrado presidente Héctor Octavio Morales Juárez

 

Morelia, Michoacán, 27 de septiembre de 2021. Derivado de las acciones permanentes en materia de transparencia para consolidarse como una institución abierta a la ciudadanía, el Poder Judicial de Michoacán obtuvo la calificación preliminar de 97.76%, tras concluirse la verificación del cumplimiento de las obligaciones en el tema, realizada por el Instituto Michoacano de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (IMAIP).

 

En el marco de esta evaluación, el magistrado presidente Héctor Octavio Morales Juárez expresó que el Poder Judicial refrenda el compromiso con la transparencia y seguir acercando el quehacer de la judicatura, a la sociedad; asimismo, mencionó que una de las prioridades de su gestión, ha sido fomentar la cultura de la rendición de cuentas y fortalecer los mecanismos que garanticen el derecho de acceso a la información.

 

Destacó que la puntuación obtenida es producto del trabajo del personal jurisdiccional y administrativo que cumple con los términos que señala la ley, para entregar a la Unidad de Transparencia los datos que deben publicarse tanto en el portal web oficial www.poderjudicialmichoacan.gob.mx, como en la Plataforma Nacional de Transparencia.

 

Cabe señalar que la verificación de este 2021 fue muestral y aleatoria, ya que a través de una tómbola se seleccionaron cinco fracciones del artículo 35 de la Ley de Transparencia de la entidad y, a partir de dicha elección, se revisó que las obligaciones aplicables al Poder Judicial estuvieran publicadas y actualizadas, con el objetivo de facilitar la consulta ciudadana.

 

Se constató que la institución cuenta con los elementos de forma, términos, plazos y formatos establecidos en los lineamientos de la normatividad correspondiente, para la publicación, homologación y estandarización de la información que compete a la institución; la calificación es de carácter preliminar en tanto se desarrolla el proceso de subsanación de observaciones y el IMAIP emita la definitiva.