EMITE INE ESTATUTO DEL SERVICIO PROFESIONAL ELECTORAL NACIONAL

En sesión extraordinaria, el Consejo General del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobó, por unanimidad, el Estatuto del Servicio Profesional Electoral Nacional y del Personal de la Rama Administrativa, en cumplimiento a la reforma político-electoral de 2014.

 

El Consejero Presidente del INE, Lorenzo Córdova, destacó que este Estatuto se convertirá en la piedra angular de la conformación del nuevo cuerpo de profesionales que garantizará la imparcialidad de los procesos electorales y será pieza clave en la consolidación del nuevo Sistema Nacional de Elecciones.

 

A lo largo de 25 años –resaltó- la conformación del Servicio Profesional Electoral ha sido uno de los pilares de la credibilidad de las elecciones en nuestro país, y el nuevo Estatuto retoma la experiencia acumulada y el aprendizaje de los anteriores para llevar sus principios a una escala nacional, al integrar disposiciones encaminadas al fortalecimiento de los Organismos Públicos Locales (OPLES), al hacerlos más homogéneos y más refractarios a las injerencias indebidas de los distintos actores.

 

Lorenzo Córdova enumeró las características principales de este documento, entre las que destacan: El acceso a este Servicio será mediante el concurso público; la promoción se basa en los méritos, la igualdad de oportunidades y los resultados de evaluación del desempeño; la rotación funcional y la movilidad horizontal entre diferentes áreas de competencia, y disposiciones normativas para la duración de las encargadurías; así como mecanismos para la incorporación temporal y de reingreso; además de contemplar causales para el cambio de adscripción y rotación ante riesgos a la integridad del personal.

 

El Consejero Marco Antonio Baños, Presidente de la Comisión del Servicio Profesional Electoral, dijo que el documento aprobado establece la adaptación de los OPLES a modelos de reclutamiento, evaluación, formación, ordenamientos disciplinarios, y demás procedimientos establecidos en el estatuto.

 

Dicho documento, agregó, incentiva la profesionalización del personal del Instituto, protege a los mandos ejecutivos de las juntas locales del INE ante diversos riesgos, contempla la evaluación del desempeño y define los concursos de oposición en los que podrán participar quienes conforman los OPLES.

 

De igual forma, se validó el acuerdo por el que, en ejercicio de la facultad de atracción del Instituto, se emiten los Lineamientos que deberán observar los OPLES respecto de la solicitud del registro de Convenios de Coalición para las elecciones estatales.

 

En tanto, el Consejo General instruyó a la Comisión Temporal de Reglamentos la elaboración de Reglamentación Integral para los Procesos Electorales Federales y Locales.

 

Las y los Consejeros Electorales conocieron y aprobaron el acuerdo de la Comisión de Quejas respecto de seis Procedimientos Ordinarios Sancionadores iniciados en contra de partidos políticos y autoridades estatales, por la comisión de faltas a la ley electoral, de los cuales uno resultó fundado y cinco más infundados, desechados o improcedentes. Asimismo, en acatamiento a una sentencia del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), fue resuelta como improcedente una queja conformada como procedimiento especial sancionador.

 

En la queja fundada, la autoridad electoral determinó sancionar con amonestación pública al Partido Revolucionario Institucional (PRI), por omitir acreditar la edición de una publicación semestral durante el primer semestre de 2013.

 

Las Consejeras y Consejeros validaron los “Lineamientos del Instituto Nacional Electoral para la organización del voto de las y los mexicanos residentes en el extranjero en las entidades federativas que correspondan, durante los Procesos Electorales Locales de 2015-2016”, así como los relativos al “Diseño, Implementación y Operación de los Conteos Rápidos de Carácter Institucional en los Procesos Electorales Locales 2015-2016 y 2016-2017”.

 

Durante la Sesión del Consejo General del Instituto Nacional Electoral, se aprobó el lugar de la Credencial para Votar que deberá marcar el instrumento a utilizarse en la elección extraordinaria federal y en las elecciones extraordinarias locales a celebrarse en 2015, derivadas de los Procesos Electorales Federal y Locales 2014-2015

 

También fue presentado y aprobado el Programa de Trabajo de la Comisión de Capacitación Electoral y Educación Cívica (noviembre–diciembre 2015), así como la Estrategia de Capacitación y Asistencia Electoral para las Elecciones Locales de 2016.

La Consejera Pamela San Martín, Presidenta de la Comisión Temporal para el Seguimiento a las Actividades de los Procesos Electorales Locales, consideró que los documentos aprobados resultan de suma importancia porque el INE ejercerá por primera vez la atribución de capacitación en elecciones locales ordinarias no coincidentes con la federal.

Al desarrollar la sesión, el pleno ratificó la designación de los Presidentes de Consejos Distritales para los Procesos Electorales Locales 2015-2016 en las entidades federativas en que habrá elecciones locales el próximo año, quienes en todo tiempo fungirán como Vocales Ejecutivos Distritales y se designarán como presidentes de sus respectivos Consejos a los vocales ejecutivos distritales, que tuvieron modificación en su dictamen original.

 

En otro punto, se autorizaron los catálogos de municipios y secciones que conforman el Marco Geográfico Electoral de las entidades federativas de Baja California Sur, Colima, San Luis Potosí y Yucatán, como insumos para la generación de los escenarios de distritación y las demarcaciones territoriales de los Distritos Electorales Uninominales Locales en que se dividen los estados de Puebla y Quintana Roo; y la designación de sus respectivas cabeceras distritales.

 

Asimismo, en acatamiento a una sentencia del TEPJF, fue modificada la ubicación del Municipio de Santiago Jamiltepec, para formar parte del Distrito 22 Electoral Local, con cabecera en el Municipio de Santiago Pinotepa Nacional del estado de Oaxaca.

El Consejo General aprobó, en lo general por unanimidad, el acuerdo de la Comisión de Prerrogativas y Partidos Políticos del Instituto, por el que en ejercicio de la facultad de atracción del INE, se emiten Criterios Generales a efecto de garantizar el cumplimiento del principio de paridad de género en elecciones extraordinarias de Legislaturas Federal y Locales, así como de los ayuntamientos y de los órganos político administrativos de las demarcaciones territoriales del Distrito Federal.

 

Posteriormente, el pleno aprobó las solicitudes de registro del Convenio de Coalición presentado por los Partidos Revolucionario Institucional y Verde Ecologista de México, por un lado, y de los Partidos Acción Nacional y Nueva Alianza, por otro; para postular la fórmula de candidatos a Diputados por el Principio de Mayoría Relativa para contender en las elecciones extraordinarias de Diputados Federales, en el Distrito Electoral Federal 01, del estado de Aguascalientes. Y modificó el acuerdo INE/CG844/2015, con motivo del registro de dos Coaliciones Totales para el Proceso Electoral del mismo distrito.

 

De igual forma, se aprobó el acuerdo del Comité de Radio y Televisión del Instituto por el que se ordena la publicación del Catálogo de Estaciones de Radio y Canales de Televisión que participarán en la cobertura del Proceso Electoral Local 2015-2016 que se llevará a cabo en el estado de Durango.

 

El Consejo General también dio por recibido el primer informe y trimestral sobre el avance en la instrumentación de la entrega electrónica de materiales y órdenes de transmisión de los promocionales de los partidos políticos, con la finalidad de optimizar costos y tiempos en este procedimiento.

 

Al continuar con la sesión, los integrantes del Consejo General aprobaron los lineamientos para la acreditación y desarrollo de las actividades de los Observadores Electorales durante los Procesos Electorales Locales Ordinarios a celebrarse en 2015-2016.

 

Estos lineamientos establecen los requisitos que deben cumplir las personas que deseen participar como observadores electorales, y señalan que los ciudadanos que sean militantes de partidos políticos podrán ser registrados como observadores, con base en la tesis de jurisprudencia emitida por la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, la cual establece que la “el derecho del ciudadano a participar en el proceso electoral con tal carácter, no se restringe por la sola militancia a un partido político”.

 

Finalmente, las Consejeras y Consejeros Electorales aprobaron las modificaciones a los “Lineamientos del Programa de Resultados Electorales Preliminares”.

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