CONTENIDOS AUDIOVISUALES AUTORIZADOS POR SEGOB PONEN EN PELIGRO LA INTEGRIDAD DE LA NIÑEZ EN MÉXICO

17 de noviembre de 2015 (Maya Comunicación)  Por considerar violatorios de los derechos humanos de la infancia, el PRD en la Cámara de Diputados presentará un exhorto para que la Secretaría de Gobernación  (Segob) aplace la entrada en vigor y retire los “Lineamientos de clasificación de contenidos audiovisuales de las transmisiones radiodifundidas y del servicio de la televisión y audio restringidos”, publicados el 4 de noviembre de 2015 en el Diario Oficial de la Federación, así como su rediseño conforme a los tratados Internacionales y el principio constitucional de velar en todo momento por el interés superior de la infancia, informó la diputada Maricela Contreras.

Anunció que en el Punto de Acuerdo inscrito para la sesión del miércoles ante el pleno de la Cámara de Diputados, se solicitará al Instituto Federal de Telecomunicaciones “cumpla con su obligación constitucional y legal de regular, promover y supervisar el uso, aprovechamiento y explotación del espectro radioeléctrico, las redes públicas de telecomunicaciones y la prestación de los servicios de radiodifusión y de telecomunicaciones y no haga caso omiso ante una facultad que se quiere arropar la Secretaría de Gobernación, por lo que debe convocar a un debate para elaborar unos  nuevos lineamientos”, puntualizó.

A decir de Contreras Julián, los Lineamientos de Clasificación de Contenidos Audiovisuales que entrarán en vigor en los próximos días, dejan en estado de indefensión a las personas menores de 12 años, frente a los contenidos televisivos, pues autorizan la transmisión de programas para adolescentes y adultos a partir de las 16:00 y hasta las 05:59 horas, los que pueden presentar contenidos inadecuados como situaciones de violencia, sexuales, de adicciones y con un lenguaje inapropiado.

“Los lineamientos de clasificación recientemente publicados, amplían horarios de transmisión 4 y 6 horas en comparación con la normatividad anterior, por lo que se podrán transmitir programas con contenido clasificación ‘B’ y ‘C’, para adolescentes y adultos, para audiencias menores de 12 años de edad, justo en las horas en la que mayor consumen programas televisivos las niñas y niños de acuerdo a un estudio del Instituto Federal de Telecomunicaciones”, explicó la diputada.

Dicho Instituto publicó en 2015 los “Estudios sobre la oferta y consumo de programación para el público infantil en radio, televisión, radiodifundida y restringida”, de la cual se destacan los siguientes datos: La población infantil y adolescente pasa en promedio 4 horas con 34 minutos al día frente al televisor; Los géneros más vistos por las niñas, niños y adolescentes son las telenovelas, los reality show y dramatizado unitarios; y el género infantil ha disminuido en las barras de programación, presentándose  el porcentaje más bajo en 2014, entre otros.

Este cambio sin justificación, abundó Contreras Julián, sólo es explicable ante la ausencia de un verdadero proceso de análisis por parte de Gobernación y de participación de todos los sectores involucrados, el cual debió ser la guía en la elaboración, diseño y aprobación de dichos lineamientos, los cuales de manera invariable deberán acatar los principios constitucionales respecto al interés superior de la infancia y garantizar que se promuevan los valores constitucionales por parte de los concesionarios del espectro de telecomunicaciones.

La diputada señaló que “tampoco se tomó en consideración las prácticas internacionales que buscan la máxima protección de la infancia respecto a la transmisión de contenidos televisivos, por ejemplo, en España se prohíbe la difusión de contenidos que no sean aptos para menores antes de las 20:00 horas y en Inglaterra el horario infantil finaliza a las 21:00 horas, por lo que los nuevos lineamientos deben atender a los más altos estándares internacionales de protección  de la infancia”.

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